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Plazo de presentación de solicitudes: 
Desde el 20 Noviembre de 2012 al 7 de Diciembre 2012
 
Objeto: 
Los proyectos de formación en alternancia con el empleo son acciones de carácter temporal que combinan empleo y formación en un entorno productivo real y tienen por objeto mejorar la ocupabilidad de las personas en desempleo, mediante la realización de proyectos de interés general y social en cualquier ámbito de actividad, en los que los alumnos/as trabajadores/as desempeñen un trabajo efectivo que les permita adquirir formación y cualificación profesional y favorezca su inserción laboral.
 
Destinatarios: 
Los proyectos de formación en alternancia con el empleo podrán ser promovidos por:
a) Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas Entidades locales.
b) Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos de la Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
c) Consorcios con sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
d) Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, con sede y ámbito territorial de actuación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
 
Requisitos: 
Las entidades promotoras deberán ser competentes para la ejecución de las correspondientes obras o servicios y disponer de la capacidad técnica y de gestión suficientes.
 
Importe: 
El cálculo de la subvención se efectuará por hora de formación /alumno y por módulos y fases. Así para Talleres de Empleo:
Módulo A: Costes salariales del personal, directivo, docente y de apoyo. Se establece en 3,37 euros/hora/alumno.
Módulo B: Gastos de formación y funcionamiento. Se establece en 0,94 euros/hora/alumno/a.
Los costes salariales subvencionables de los alumnos/as trabajadores/as será de 1,5 veces el salario mínimo interprofesional anualmente establecido, incluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
 
Criterios: 
Para el otorgamiento de las subvenciones previstas se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
1.- Ámbito del proyecto.
2.- Calidad del proyecto.
3.- Calidad del plan formativo.
4.- Valoración de los resultados cualitativos y cuantitativos de proyectos anteriores.
 
Documentación a aportar: 
Ver punto Quinto.3 de la convocatoria
 
Lugar de presentación: 
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
 
Marco legal: 
DOCM: 19-NOV-12  Orden de 15/11/2012, por la que se regulan los programas de formación en alternancia con el empleo, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a dichos programas. DOCM: 19-NOV-12  Resolución de 15/11/2012, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de los programas de Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo para el año 2012.
 
Plazo máximo de notificación de la resolución del trámite: 
3 meses desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
 
Efectos de la falta de notificación en plazo: 
Efectos desestimatorios

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