Plazo de presentación de solicitudes
06/09/2012 - 22/09/2012
Objeto
La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras y convocar ayudas individuales de transporte escolar para el curso 2011/2012 destinadas a financiar el coste del desplazamiento diario o de fin de semana del alumnado.
Destinatarios
El alumnado escolarizado en centros docentes públicos de Castilla-La Mancha en Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial que cumplan los requisitos especificados en Orden de 24/08/2012
Requisitos exigidos
Consultar la Base Segunda de la presente Orden.
Importes
La cuantía máxima de las ayudas individuales de transporte escolar se concedera en función de la escala prevista en el apartado Cuarto de la presente Orden.
Documentación a aportar
En caso de no autorizar a los Servicios Periféricos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, se debería de aportar:
Certificado de empadronamiento, que especifique la fecha de la última inscripción
Certificado acreditativo del domicilio fiscal
Lugar de presentación
En los Servicios Periféricos de Educación, Cultura y Deportes
En cualquiera de los registros a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992
Fax dirigido a los Servicios Periférico (ver disposición
Teléfono 012.
La secretaría virtual de la plataforma educativa Papás 2.0 con credencial (usuario y contraseña) o certificado digital reconocido por la plataforma @firma del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
En cualquiera de los registros a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992
Fax dirigido a los Servicios Periférico (ver disposición
Teléfono 012.
La secretaría virtual de la plataforma educativa Papás 2.0 con credencial (usuario y contraseña) o certificado digital reconocido por la plataforma @firma del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Marco legal
- DOCM: 05/09/12Orden de 24/08/2012, , por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan las ayudas individuales de transporte escolar para el alumnado matriculado en centros docentes públicos no universitarios titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el curso 2011/2012.
Plazo máximo de notificación de la resolución
Consultar la Base Séptima de la presente Orden.
Recursos
Recurso contencioso administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOCM, sin perjuicio del potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Ciencia y Cultura en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el DOCM.
Efectos de la falta de notificación en plazo
Efectos desestimatorios
Plazo de presentación de solicitudes:
Del lunes 3 Septiembre al sábado 15 Septiembre 2012.-
Objeto:
Convocar la admisión del alumnado para el curso 2012-2013, de acuerdo a la Orden de 05/04/2010, en los centros docentes de titularidad pública de Castilla-La Mancha que imparten educación para personas adultas.
Destinatarios:
a) Personas que tengan una edad mínima de dieciocho años, cumplidos en el año en que comience el curso.
b) Personas mayores de dieciséis años y menores de dieciocho, siempre que se de alguna de las siguientes circunstancias:
- Tener un contrato laboral que no les permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario.
- Ser deportista de alto rendimiento.
b) Personas mayores de dieciséis años y menores de dieciocho, siempre que se de alguna de las siguientes circunstancias:
- Tener un contrato laboral que no les permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario.
- Ser deportista de alto rendimiento.
Requisitos:
En cuanto a los requisitos específicos, en cada una de las enseñanzas serán los derivados de las condiciones académicas según el nivel o curso al que se pretende acceder, previstas en su normativa propia.
Importe:
El alumnado menor de 28 años que se matricule en enseñanzas de Nivel II de Educación Secundaria para personas adultas o Bachillerato deberá abonar la cantidad correspondiente al Seguro Escolar.
La matriculación en las enseñanzas del nivel básico de idiomas, requerirá el abono de los correspondientes precios públicos establecidos por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
La matriculación en las enseñanzas del nivel básico de idiomas, requerirá el abono de los correspondientes precios públicos establecidos por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
Criterios:
Los Consejos Escolares de los centros publicarán hasta el día 5 de julio de 2012 para las enseñanzas con temporalización anual y el primer cuatrimestre de la educación secundaria y hasta el día 7 de febrero de 2013 para el segundo cuatrimestre de la educación secundaria, la baremación definitiva realizada a las solicitudes de su centro y, en su caso, aulas y la asignación provisional de alumnado a los puestos vacantes en cada una de las enseñanzas autorizadas.
Documentación a aportar:
Cada solicitante deberá presentar una única instancia, en la que se relacionará las enseñanzas dirigidas a las personas adultas que desea cursar. Las instancias se presentarán en el Centro educativo en el que solicita plaza. Además podrán presentarse por internet desde esta misma ficha o llamando al teléfono único de información 012 (902267090 para llamadas desde fuera de Castilla-La Mancha).
Documentación: Leer las instrucciones que acompañan cada Anexo, tanto las generales como las específicas.
Documentación: Leer las instrucciones que acompañan cada Anexo, tanto las generales como las específicas.
Lugar de presentación:
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
Informacion Adicional:
Según lo establecido en el artículo 12 de la Orden de 5 de abril de 2010, relativa al plazo extraordinario de admisión, en el caso de existir puestos vacantes, los centros podrán admitir nuevas solicitudes de acuerdo a los siguientes plazos:
- Del 3 al 15 de septiembre de 2012, ambos inclusive, para las enseñanzas con temporalización anual y el primer cuatrimestre de la educación secundaria.
- Del 14 al 15 de febrero de 2013, ambos inclusive, para el segundo cuatrimestre de la educación secundaria.
- Del 3 al 15 de septiembre de 2012, ambos inclusive, para las enseñanzas con temporalización anual y el primer cuatrimestre de la educación secundaria.
- Del 14 al 15 de febrero de 2013, ambos inclusive, para el segundo cuatrimestre de la educación secundaria.
Marco legal:
DOCM: 08-FEB-11 Orden de 28/01/2011, por la que se modifica la Orden de 05/04/2010, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regulan los procedimientos y criterios para la admisión del alumnado en los centros docentes de titularidad pública de Castilla-La Mancha que imparten educación para personas adultas. DOCM: 21-JUL-11 Resolución de 06/07/2011, por la que se publica el resultado del sorteo que dirimirá el orden de admisión en centros docentes de titularidad pública de Castilla-La Mancha que imparten educación para personas adultas, en el caso de producirse empate entre solicitantes y mantenerse el mismo una vez aplicados los criterios establecidos. DOCM: 15-APR-10 Orden de 05/04/2010, por la que se regulan los procedimientos y criterios para la admisión del alumnado en los centros docentes de titularidad pública de Castilla-La Mancha que imparten educación para personas adultas. DOCM: 15-FEB-12 Resolución de 27/01/2012, por la que se da publicidad a las bases por las que se establece el procedimiento y los plazos para la presentación de propuestas de espectáculos de Artes Escénicas, Musicales y Circenses a la Feria de Artes Escénicas de Castilla-La Mancha.DOCM: 19-APR-12 Resolución de 10/04/2012, , por la que se publica la convocatoria de admisión de alumnado para el curso 2012/2013 en centros docentes de titularidad pública de Castilla-La Mancha que imparten educación para personas adultas, y se establecen los plazos para determinados procedimientos señalados en la Orden de 05/04/2010, de la Consejería de Educación y Ciencia, de desarrollo del proceso de admisión del alumnado en dichos centros
Efectos de la falta de notificación en plazo:
Ninguno
Plazo de presentación de solicitudes
23/08/2012 - 03/09/2012
Objeto
La concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones que tengan como finalidad el desarrollo de servicios y programas de atención a infancia y familia, tanto para iniciativas de nueva implantación como aquellas que sean continuidad de las iniciadas en ejercicios anteriores, llevadas a cabo por entidades públicas y privadas sin fin de lucro, (entidades), así como convocar las mismas para el ejercicio 2012.
Destinatarios
Entidades públicas y entidades privadas sin ánimo de lucro.
Requisitos exigidos
Los recogidos en la base tercera de la Orden de 22/12/2009.
Importes
La subvención a conceder por la Consejería competente en materia de servicios sociales para la financiación del desarrollo de servicios y programas de atención a infancia y familia podrá ser de hasta el cien por ciento del coste total del programa o proyecto, con un importe máximo de 950.000 Euros por proyecto.
Criterios
La instrucción, evaluación y propuesta de resolución de las solicitudes se realizará conforme a lo establecido en la base décima de la mencionada Orden de 22/08/2012, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, basándose la evaluación de los proyectos presentados en los criterios allí fijados.
Documentación a aportar
La documentación que se deberá presentar es:
a) Justificación del código de identificación fiscal.
b) Declaración responsable que figura en el anexo de esta Orden (solicitud).
c) Proyecto de actividad que deberá contener la información necesaria para la valoración de los criterios establecidos en la base séptima.
d) Copia compulsada de los estatutos y de su inscripción en el registro correspondiente.
Cuando alguno de los documentos señalados en las letras a) y d) del apartado anterior se encuentren en poder de la Consejería competente en materia de servicios sociales o en sus servicios periféricos, no será necesario presentarlo nuevamente. En estos casos, y siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de su presentación y el mismo no hubiera sufrido modificación alguna, se acompañará una declaración responsable de la persona que la formule, indicando expresamente la fecha y lugar de presentación.
2. La solicitud de subvención incluirá un apartado para autorizar o no expresamente a la Consejería competente en materia de servicios sociales para que pueda proceder a la comprobación y verificación de los datos acreditativos de la identidad, domicilio o residencia, información de índole tributaria y sobre afiliación a la Seguridad Social y datos o documentos emitidos o que se encuentren en poder de la Administración regional relativos a las entidades solicitantes, en los términos establecidos en los artículos 4 y 5 del Decreto 33/2009, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de determinados documentos en los procedimientos administrativos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de sus organismos públicos vinculados o dependientes.
a) Justificación del código de identificación fiscal.
b) Declaración responsable que figura en el anexo de esta Orden (solicitud).
c) Proyecto de actividad que deberá contener la información necesaria para la valoración de los criterios establecidos en la base séptima.
d) Copia compulsada de los estatutos y de su inscripción en el registro correspondiente.
Cuando alguno de los documentos señalados en las letras a) y d) del apartado anterior se encuentren en poder de la Consejería competente en materia de servicios sociales o en sus servicios periféricos, no será necesario presentarlo nuevamente. En estos casos, y siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de su presentación y el mismo no hubiera sufrido modificación alguna, se acompañará una declaración responsable de la persona que la formule, indicando expresamente la fecha y lugar de presentación.
2. La solicitud de subvención incluirá un apartado para autorizar o no expresamente a la Consejería competente en materia de servicios sociales para que pueda proceder a la comprobación y verificación de los datos acreditativos de la identidad, domicilio o residencia, información de índole tributaria y sobre afiliación a la Seguridad Social y datos o documentos emitidos o que se encuentren en poder de la Administración regional relativos a las entidades solicitantes, en los términos establecidos en los artículos 4 y 5 del Decreto 33/2009, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de determinados documentos en los procedimientos administrativos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de sus organismos públicos vinculados o dependientes.
Lugar de presentación
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
Marco legal
- DOCM: 22/08/12 Orden de 16/08/2012, , por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el desarrollo de servicios y programas de atención a infancia y familia, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2012.
Plazo máximo de notificación de la resolución
Tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Recursos
Contra la resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia de infancia y familia, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero competente en materia de servicios sociales en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación o en el plazo de tres meses sin haberse notificado resolución expresa, que se computará a partir del día siguiente a aquel en que de acuerdo con el apartado segundo de esta Base, se produzca los efectos del silencio administrativo. Todo ello de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992.
Efectos de la falta de notificación en plazo
Efectos desestimatorios
COORGANIZA:CENEAM (Centro Nacional de Educación Ambiental).
DESTINATARIOS: Ayuntamientos y Entidades de Ámbito Territorial Inferior al Municipio (EATIM) de la provincia de Toledo y centros educativos.
CONTENIDOS:La exposición ilustra de una forma sencilla sobre las causas y las consecuencias del cambio climático actual, así como sobre las actuaciones que se están llevando a cabo para tratar de minimizarlo desde las administraciones y las que podemos poner en práctica todos.
La exposición consta de:
•16 paneles Roll Up de 200 x 100 cm (en vertical).
•1 maqueta demostrativa sobre el efecto invernadero.
•1 juego sobre el consumo energético de los electrodomésticos (panel de 100 x 30 cm).
•Juego "Alta Temperatura" sobre conceptos clave del cambio climático (1 panel Roll Up de 210 x 100 cm).
•3 maletas de PVC rígido, con ruedas para el desplazamiento de los paneles.
•16 paneles Roll Up de 200 x 100 cm (en vertical).
•1 maqueta demostrativa sobre el efecto invernadero.
•1 juego sobre el consumo energético de los electrodomésticos (panel de 100 x 30 cm).
•Juego "Alta Temperatura" sobre conceptos clave del cambio climático (1 panel Roll Up de 210 x 100 cm).
•3 maletas de PVC rígido, con ruedas para el desplazamiento de los paneles.
La Diputación de Toledo pondrá a disposición de los solicitantes un dossier de la exposición, editado por el CENEAM, en el que se incluyen todos los carteles de la exposición, información para profesores: "Relaciones con el currículo", información complementaria a cada panel, propuestas de actividades prácticas y las direcciones de sitios recomendados en Internet.
Sala necesaria para albergar la exposición:
El espacio expositivo debe reunir los siguientes requisitos:
•Superficie: Un espacio mínimo de 35 metros lineales útiles de pared.
•1 toma de corriente.
•Iluminación adecuada.
El espacio expositivo debe reunir los siguientes requisitos:
•Superficie: Un espacio mínimo de 35 metros lineales útiles de pared.
•1 toma de corriente.
•Iluminación adecuada.
COSTE Y OBLIGACIONES DE LOS SOLICITANTES:La cesión es gratuita.
•El solicitante se hará cargo del transporte.
•El solicitante se hará cargo de las operaciones de transporte (entrega y recogida), carga, descarga y montaje de la exposición.
La Diputación de Toledo se reserva el derecho de anular la cesión de una exposición por motivo que así lo justifique. El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones supone la cancelación de la concesión de la exposición.
•El solicitante se hará cargo del transporte.
•El solicitante se hará cargo de las operaciones de transporte (entrega y recogida), carga, descarga y montaje de la exposición.
La Diputación de Toledo se reserva el derecho de anular la cesión de una exposición por motivo que así lo justifique. El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones supone la cancelación de la concesión de la exposición.
PERIODO Y RÉGIMEN DE VISITAS:La exposición estará a disposición de los solicitantes del 5 de noviembre de 2012 al 30 de junio de 2013 y el plazo de recepción de las solicitudes será hasta el 7 de diciembre de 2012. El préstamo será de una semana para los centros educativos y de una o dos semanas para los ayuntamientos y EATIM.
El Servicio de Medio Ambiente organizará el calendario de itinerancia intentando adaptarlo a la fecha requerida por los solicitantes.
DATOS PARA LA RECOGIDA Y TRANSPORTE DE LA EXPOSICIÓN:El lugar y el horario de recogida de la exposición se concretarán a cada solicitante en fechas cercanas a la fecha de cesión de la exposición.
SOLICITUDES:Envío de la solicitud por cualquiera de los siguientes medios:
- Fax: 925 213 966 / 925 253 229
- Correo postal: Diputación de Toledo. Servicio de Medio Ambiente. Plaza de Padilla, 2. 45002 Toledo
- Correo electrónico: medioambiente@diputoledo.es
- Fax: 925 213 966 / 925 253 229
- Correo postal: Diputación de Toledo. Servicio de Medio Ambiente. Plaza de Padilla, 2. 45002 Toledo
- Correo electrónico: medioambiente@diputoledo.es
INFORMACIÓN:Teléfonos: 925 214 072 / 925 216 905
COLABORA:Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
DESTINATARIOS:La campaña va dirigida a todos los ayuntamientos, centros educativos, asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro de la provincia de Toledo.
CONTENIDO: Se donarán semillas de Encina (Quercus ilex subsp. ballota) y Retama (Retama sphaerocarpa), junto con un folleto divulgativo donde se recogen todas las tareas a realizar durante la siembra y su posterior mantenimiento.
SOLICITUDES: •Para los centros educativos, en el caso de que haya varias clases interesadas en participar en la campaña, se remitirá únicamente una solicitud, indicando el número de alumnos totales.
•Para los ayuntamientos, las asociaciones y otras entidades, se indicará también en la solicitud el número de personas participantes.
•Para los ayuntamientos, las asociaciones y otras entidades, se indicará también en la solicitud el número de personas participantes.
La solicitud se debe enviar cumplimentada antes del 30 de noviembre de 2012 por cualquiera de los siguientes medios:
- Fax: 925 256 452
- Correo postal: Diputación de Toledo. Servicio de Medio Ambiente. Plaza de Padilla, 2. 45002 Toledo
- Correo electrónico: rgiron@diputoledo.es
- Fax: 925 256 452
- Correo postal: Diputación de Toledo. Servicio de Medio Ambiente. Plaza de Padilla, 2. 45002 Toledo
- Correo electrónico: rgiron@diputoledo.es
(Se recomienda confirmar telefónicamente la recepción de la solicitud).
Todas las solicitudes serán admitidas siempre y cuando hayan sido recibidas dentro del plazo establecido.
INFORMACIÓN:Teléfono: 925 255 041
REPARTO DE SEMILLAS: El envío de las semillas se hará durante la semana del 7 al 11 de enero de 2013.
COSTE: La campaña es gratuita.
Agradecemos a los participantes que nos envíen una breve memoria del desarrollo de las actividades que hayan realizado con las semillas (resumen escrito, memoria fotográfica, recortes de prensa, etc.).
Agradecemos a los participantes que nos envíen una breve memoria del desarrollo de las actividades que hayan realizado con las semillas (resumen escrito, memoria fotográfica, recortes de prensa, etc.).
ARCHIVOS
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- julio 2011 (3)
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- noviembre 2010 (1)
- mayo 2010 (2)
- abril 2010 (1)





