La Mancomunidad Campana de Oropesa y Cuatro Villas, ha creado un cuadríptico de toda la comarca, abarcando a todos los municipios integrantes de la misma, reflejando una destacada expresión de patrimonio, cultura, ocio, artesanía, rutas y turismo de unas localidades que son las nuestras (Alcañizo, Alcolea de Tajo, Azután, Caleruela, La Calzada de Oropesa, El Bercial, Herreruela de Oropesa, Lagartera, Navalcán, Navalmoralejo, Oropesa, Parrillas, El Puente del Arzobispo, Torralba de Oropesa, Torrico y Valdeverdeja) y que cuentan con inmensas posibilidades en un privilegiado entorno, con la Mancomunidad de la Campana de Oropesa como nexo y referencia natural.
Como es práctica habitual, esta decisión ha sido adoptada con el acuerdo de todos los municipios integrantes y desde esta entidad creemos que se trata de una gran oportunidad de difundir toda la riqueza que posee nuestra comarca a localidades cercanas de Castilla La Mancha y también a comunidades vecinas como Extremadura, Madrid e incluso Castilla León.
La finalidad de la Mancomunidad Campana de Oropesa y Cuatro Villas, es y será siempre, la lucha por la mejora de nuestra comarca aunando esfuerzos entre todos, potenciando un sector como el turismo de interior, un sector en auge y que nos puede ayudar en estos tiempos difíciles por los que atravesamos.
Le invitamos a ver nuestro trabajo, que a buen seguro, será muy beneficioso para nuestra comarca, creemos cubre las expectativas de cualquier visitante y esperamos que a través de este cuadríptico sea una cita obligada y un punto de encuentro para cualquier turista.
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Como es práctica habitual, esta decisión ha sido adoptada con el acuerdo de todos los municipios integrantes y desde esta entidad creemos que se trata de una gran oportunidad de difundir toda la riqueza que posee nuestra comarca a localidades cercanas de Castilla La Mancha y también a comunidades vecinas como Extremadura, Madrid e incluso Castilla León.
La finalidad de la Mancomunidad Campana de Oropesa y Cuatro Villas, es y será siempre, la lucha por la mejora de nuestra comarca aunando esfuerzos entre todos, potenciando un sector como el turismo de interior, un sector en auge y que nos puede ayudar en estos tiempos difíciles por los que atravesamos.
Le invitamos a ver nuestro trabajo, que a buen seguro, será muy beneficioso para nuestra comarca, creemos cubre las expectativas de cualquier visitante y esperamos que a través de este cuadríptico sea una cita obligada y un punto de encuentro para cualquier turista.
Plazo de presentación de solicitudes
Abierto permanentemente durante la vigencia de las bases reguladoras.
Objeto
Establecer el procedimiento de concesión y convocar subvenciones del programa de ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social previstas en la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 5 de octubre de 1994 y en el artículo primero, punto cuarto de la Orden de 5 de abril de 1995.
Destinatarios
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas y entidades a las que se refiere la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 5 de octubre de 1994.
Requisitos exigidos
Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 5 de octubre de 1994, en los términos y con los requisitos en dicha norma previstos y en el artículo segundo en relación con el artículo primero, punto cuarto de la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 5 de abril de 1995.
Criterios
La evaluación consistirá en la comprobación de que el solicitante reúne los requisitos para ser beneficiario y las actuaciones propuestas cumplen los requisitos previstos en la presente Orden, en la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 5 de octubre de 1994, y en la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 5 de abril de 1995.
Documentación a aportar
1. Para solicitar las subvenciones previstas en esta Orden, deberá presentarse solicitud en modelo normalizado que se adjunta como Anexo a esta Orden, además de la documentación prevista en el artículo 4 de la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 5 de octubre de 1994, a excepción de la prevista en la letra a) del mismo artículo y, en el caso de la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 5 de abril de 1995, la documentación prevista en su artículo 3, apartado 2.2.
2. El interesado podrá prestar su consentimiento para que el órgano instructor recabe de las Administraciones competentes cuantos datos sean necesarios para verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias autonómicas y estatales y de Seguridad Social, así como todos aquéllos que sean necesarios para la concesión, reconocimiento, seguimiento y control de las subvenciones.
Lugar de presentación
Las solicitudes y demás documentos podrán presentarse, además de en los registros de la Administración de la Junta, en cualquier registro que pertenezca a la Administración General del Estado, al resto de Administraciones de Comunidades Autónomas, a la de aquellas Entidades Locales que tuvieran Convenio, en las oficinas de Correos, o en cualquier otra forma prevista.
Marco legal
DOCM: 20/04/11Orden de 14/04/2011, por la que se regula el procedimiento de concesión y se convocan subvenciones del programa de ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la seguridad social a personas trabajadoras afectadas por procesos de reestructuración de empresas.
ORDEN DE 5 DE OCTUBRE DE 1994 POR LA QUE SE REGULA LA CONCESION DE AYUDAS, PREVIAS A LA JUBILACION ORDINARIA EN EL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, A TRABAJADORES AFECTADOS POR PROCESOS DE REESTRUCTURACION DE EMPRESAS. (Boe 253/1994)
ORDEN DE 5 DE ABRIL DE 1995 POR LA QUE SE DETERMINAN LAS AYUDAS QUE PODRA CONCEDER EL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL A TRABAJADORES AFECTADOS POR PROCESOS DE RECONVERSION Y/O REESTRUCTURACION DE EMPRESAS. (Boe 93/1995)
Plazo máximo de notificación de la resolución
Seis meses desde la presentación de la solicitud.
Recursos
La resolución no pondrá fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería competente en materia de trabajo conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución.
Efectos de la falta de notificación en plazo
Efectos desestimatorios
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Abierto permanentemente durante la vigencia de las bases reguladoras.
Objeto
Establecer el procedimiento de concesión y convocar subvenciones del programa de ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social previstas en la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 5 de octubre de 1994 y en el artículo primero, punto cuarto de la Orden de 5 de abril de 1995.
Destinatarios
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas y entidades a las que se refiere la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 5 de octubre de 1994.
Requisitos exigidos
Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 5 de octubre de 1994, en los términos y con los requisitos en dicha norma previstos y en el artículo segundo en relación con el artículo primero, punto cuarto de la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 5 de abril de 1995.
Criterios
La evaluación consistirá en la comprobación de que el solicitante reúne los requisitos para ser beneficiario y las actuaciones propuestas cumplen los requisitos previstos en la presente Orden, en la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 5 de octubre de 1994, y en la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 5 de abril de 1995.
Documentación a aportar
1. Para solicitar las subvenciones previstas en esta Orden, deberá presentarse solicitud en modelo normalizado que se adjunta como Anexo a esta Orden, además de la documentación prevista en el artículo 4 de la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 5 de octubre de 1994, a excepción de la prevista en la letra a) del mismo artículo y, en el caso de la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 5 de abril de 1995, la documentación prevista en su artículo 3, apartado 2.2.
2. El interesado podrá prestar su consentimiento para que el órgano instructor recabe de las Administraciones competentes cuantos datos sean necesarios para verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias autonómicas y estatales y de Seguridad Social, así como todos aquéllos que sean necesarios para la concesión, reconocimiento, seguimiento y control de las subvenciones.
Lugar de presentación
Las solicitudes y demás documentos podrán presentarse, además de en los registros de la Administración de la Junta, en cualquier registro que pertenezca a la Administración General del Estado, al resto de Administraciones de Comunidades Autónomas, a la de aquellas Entidades Locales que tuvieran Convenio, en las oficinas de Correos, o en cualquier otra forma prevista.
Marco legal
DOCM: 20/04/11Orden de 14/04/2011, por la que se regula el procedimiento de concesión y se convocan subvenciones del programa de ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la seguridad social a personas trabajadoras afectadas por procesos de reestructuración de empresas.
ORDEN DE 5 DE OCTUBRE DE 1994 POR LA QUE SE REGULA LA CONCESION DE AYUDAS, PREVIAS A LA JUBILACION ORDINARIA EN EL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, A TRABAJADORES AFECTADOS POR PROCESOS DE REESTRUCTURACION DE EMPRESAS. (Boe 253/1994)
ORDEN DE 5 DE ABRIL DE 1995 POR LA QUE SE DETERMINAN LAS AYUDAS QUE PODRA CONCEDER EL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL A TRABAJADORES AFECTADOS POR PROCESOS DE RECONVERSION Y/O REESTRUCTURACION DE EMPRESAS. (Boe 93/1995)
Plazo máximo de notificación de la resolución
Seis meses desde la presentación de la solicitud.
Recursos
La resolución no pondrá fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería competente en materia de trabajo conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución.
Efectos de la falta de notificación en plazo
Efectos desestimatorios
La Fundación Talavera Ferial, ha organizado los días 29 y 30 de abril y 1 de mayo la VI Edición de TALAVERA, COMARCA Y TERRITORIO, muestra ferial que resalta la identidad de nuestra tierra a través de una amplia exposición con los municipios, instituciones y entidades que integran nuestra comarca, nuestra Región y nuestro amplio territorio colindante, como protagonistas.
Una edición más, al igual que en ediciones anteriores, la Mancomunidad Campana de Oropesa y Cuatro Villas, ha querido estar presente en este certamen, ya que se trata de una cita apropiada para la divulgación y promoción de la realidad social, cultural y económica de todos y cada uno de los municipios integrantes de esta entidad.
Este año, hemos querido resaltar a través de una variada exposición la riqueza gastronómica de nuestra tierra, haciendo una representación de la matanza tradicional, con degustaciones y descubrir igualmente la belleza de nuestra artesanía, donde en nuestros municipios tiene una importante representación, tanto las labores, como la cerámica, entre otras muchas.
En esta edición de 2011, se ha realizado la convocatoria de dos premios que valoraban el trabajo y esfuerzo realizado por los municipios participartes, al "Stand mejor decorado" correspondiendo el premio al Ayuntamiento de Castillo de Bayuela y a la "Mejor presentación de sus productos", premio que ha sido concedido a esta entidad y del que se nos dió entrega el domingo 1 de mayo.
Agradecemos desde la Mancomunidad Campana de Oropesa y Cuatro Villas de manera muy especial, a los Ayuntamientos y empresas de nuestra comarca que han participado activamente en la exposición, gracias a su trabajo y esfuerzo hemos podido promocionar nuestros municipios y productos, consiguiendo así este premio entre todos.
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Una edición más, al igual que en ediciones anteriores, la Mancomunidad Campana de Oropesa y Cuatro Villas, ha querido estar presente en este certamen, ya que se trata de una cita apropiada para la divulgación y promoción de la realidad social, cultural y económica de todos y cada uno de los municipios integrantes de esta entidad.
Este año, hemos querido resaltar a través de una variada exposición la riqueza gastronómica de nuestra tierra, haciendo una representación de la matanza tradicional, con degustaciones y descubrir igualmente la belleza de nuestra artesanía, donde en nuestros municipios tiene una importante representación, tanto las labores, como la cerámica, entre otras muchas.
En esta edición de 2011, se ha realizado la convocatoria de dos premios que valoraban el trabajo y esfuerzo realizado por los municipios participartes, al "Stand mejor decorado" correspondiendo el premio al Ayuntamiento de Castillo de Bayuela y a la "Mejor presentación de sus productos", premio que ha sido concedido a esta entidad y del que se nos dió entrega el domingo 1 de mayo.
Agradecemos desde la Mancomunidad Campana de Oropesa y Cuatro Villas de manera muy especial, a los Ayuntamientos y empresas de nuestra comarca que han participado activamente en la exposición, gracias a su trabajo y esfuerzo hemos podido promocionar nuestros municipios y productos, consiguiendo así este premio entre todos.
Con la financiación de la Junta de Comunidades se ha señalizado completamente la Ruta Cañada Real Leonesa Occidental, que transcurre a lo largo de 50 kms. de la Comarca. Los trabajos han sido realizados por la empresa Bernuy Aventuras, S.Coop. CLM Pulsa en este enlace si quieres ver la Ruta.Se determinan las condiciones para la Asociación de dos o más Municipios limítrofes, pertenecientes a una misma Comunidad Autónoma y que no dispongan de recursos suficientes para la prestación de los servicios de policía local, puedan asociarse para la ejecución de las funciones asignadas a las policías locales de conformidad con lo pevisto en la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Requisitos:
Ser municipios limítrofes y pertenecientes a una misma Comunidad Autónoma
No disponer separadamente de recursos suficientes para la prestación de servicios de policía local.
Que la suma de las poblaciones de los municipios asociados no supere la cifra de 40.000 habitantes.
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Requisitos:
Ser municipios limítrofes y pertenecientes a una misma Comunidad Autónoma
No disponer separadamente de recursos suficientes para la prestación de servicios de policía local.
Que la suma de las poblaciones de los municipios asociados no supere la cifra de 40.000 habitantes.
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