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Plazo de presentación de solicitudes: 
Del Sáb, 08 Dic 2012 al Lun, 17 Dic 2012 
Del Jue, 20 Dic 2012 al Vie, 04 Ene 2013
 
Objeto: 
1. Mejorar la experiencia educativa de los titulados universitarios. 
2. Facilitar la futura incorporación de los participantes a los centros educativos 
3. Generar un contenido, conocimiento y material educativo que pueda ser utilizado tanto por el alumnado como por los centros educativos que participen en este programa de formación
4. Fomentar la función de tutorización en los centros docentes.
 
Destinatarios: 
Va dirigido a los titulados universitarios que cumplan con los requisitos legales para impartir docencia en las distintas especialidades del Cuerpo de Maestros y que en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, no tengan la condición de funcionario de carrera docente o funcionario interino docente de ninguna Administración Pública ni impartan enseñanzas docentes en ningún centro educativo, público o privado.
 
Requisitos: 
- Titulados universitarios deben cumplir con los requisitos legales para impartir docencia en las distintas especialidades del Cuerpo de Maestros y que en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes funcionario de carrera docente o funcionario interino docente de ninguna Administración Pública ni impartan enseñanzas docentes en ningún centro educativo, público o privado.
- Los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla La-Mancha que impartan el segundo ciclo de la etapa de infantil y la etapa de primaria y participen en la convocatoria.
 
Criterios: 
Se asignará centro docente a los participantes según el orden de preferencia, conforme a los siguientes criterios establecidos en la base Sexta apartado 2.4 de la Convocatoria.
 
Documentación a aportar: 
- Aquellos solicitantes que sean seleccionados deberán presentar, en el centro de incorporación:
- El documento nacional de identidad
- Certificado de vida laboral
- Fotocopias de la titulación que le habilite para impartir docencia en la especialidad por la que participa
- Fotocopia del expediente académico. 
- La Administración educativa podrá solicitar a los participantes la documentación complementaria que considere necesaria para aclarar posibles dudas.
 
Lugar de presentación: 
- Los centros educativos interesados en participar en este programa, deberán inscribirse en el espacio creado en la plataforma del CRFP (http://www.educa.jccm.es)
- Los titulados universitarios que deseen participar en este programa deberán presentar la solicitud electrónica que figura en el espacio creado para tal fin en el Portal de Educación, cuya dirección es http://www.educa.jccm.es, pudiendo solicitar hasta un máximo de 10 centros docentes.
 
Informacion Adicional: 
Plazo de las solicitudes:- Para los Titulados Universitarios del 20/12/2012 hasta 04/01/2013
- Para los Centros Educativos públicos de Castilla-La Mancha, desde el día siguiente de su publicación hasta 17/12/2012 

Certificación:1. Los alumnos deberán recibir una evaluación positiva en la valoración de la parte de formación práctica del programa. Atendiendo al informe del tutor y del coordinador, este último remitirá una relación al CRFP con los participantes que han superado la parte de formación práctica, hasta el día 27 de marzo de 2013. 
2. Por otro lado también será evaluado el trabajo en los Grupos Colaborativos a través del diseño de una unidad didáctica innovadora, valorando especialmente la incorporación de las TIC en la misma.
3. Aquellos alumnos que superen el programa recibirán un certificado con 250 horas de formación. Excepcionalmente, por causas debidamente justificadas se podrá certificar la formación en caso de haber completado el 80% del contenido del curso.
4. Los docentes que realicen las funciones de coordinación y de tutoría recibirán un certificado con 5 créditos de formación.
 
Marco legal: 
DOCM: 28-FEB-12 Decreto 59/2012, de 23/02/2012, por el que se crea el Centro Regional de Formación del Profesorado de Castilla-La Mancha y se regula la estructura del modelo de formación permanente del profesorado. DOCM: 07-DEC-12 Resolución de 30/11/2012, , por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el programa de formación en el aula durante el curso 2012/2013.
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Plazo de presentación de solicitudes: 
Hasta el viernes 30 de Noviembre 2012.
 
Objeto: 
Convocar la concesión de subvenciones, para la realización de acciones de formación destinadas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as (Modalidad II).
 
Destinatarios: 
- Las Organizaciones empresariales y sindicales, y otras entidades beneficiarias de los planes de formación dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas.
- Las empresas que desarrollen acciones formativas para sus trabajadores/as o para personas desempleadas con compromiso de contratación, que podrán hacerlo a través de sus propios medios, siempre que cuenten con el equipamiento adecuado para este fin, o a través de contrataciones externas.
- Los Centros Integrados de Formación Profesional, de titularidad privada, y los demás centros o entidades de formación, públicos o privados, acreditados para impartir formación dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad.
- Los Centros o entidades de formación que impartan formación no dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad, siempre que se hallen inscritos en el Registro de Centros y Entidades que imparten Formación Profesional para el Empleo en Castilla-La Mancha.
 
Requisitos: 
a) Encontrase debidamente inscritas, acreditadas o habilitadas, según proceda en el Registro de Centros y Entidades que imparten Formación Profesional para el Empleo en Castilla-La Mancha.
b) Hallarse al corriente del pago de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.
c) No estar incursa la persona física, los administradores de las personas jurídicas o aquellos que ostenten la representación de aquellas, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo consultivo de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo expuesto en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación.
d) No estar incursos en ninguna de las circunstancias que recoge el artículo 13. 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
e) Cumplir con la normativa de prevención de riesgos laborales, disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
f) Tener el domicilio social o disponer, al menos, de una delegación o centro de trabajo en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
 
Importe: 
1. La cuantía de la subvención se calculará con arreglo a la Metodología establecida por la Dirección General de Formación, que se incorpora a la presente Resolución como Anexo IV. Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.2 de la Orden de 15/11/2012, el documento que contiene dicha metodología se encuentra a disposición de los/as interesados/as en la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (http:// www.jccm.es).
2. La subvención a conceder por cada acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnos/as y por el importe del módulo correspondiente.
 
Criterios: 
Consultar la Base Novena de la presente convocatoria.
 
Lugar de presentación: 
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
 
Informacion Adicional: 
Serán subvencionables las siguientes acciones formativas:
a) Acciones programadas de acuerdo a las necesidades de formación y a las ofertas de empleo detectadas por el Observatorio Regional de Mercado.
b) Acciones dirigidas a la obtención de los certificados de profesionalidad referidos al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
c) Acciones que favorezcan, a través de acuerdos con las empresas, públicas o privadas, la realización de prácticas profesionales (incluidas las de carácter internacional), el intercambio de tecnologías y de personal experto y la utilización de infraestructuras y medios técnicos y materiales.
d) Acciones que favorezcan la innovación y el espíritu empresarial.
e) Acciones dirigidas a jóvenes, especialmente los que han abandonado de forma temprana el sistema educativo, para elevar sus cualificaciones básicas. Se valorará positivamente que se completen con acciones de apoyo y acompañamiento para la obtención de las enseñanzas obligatorias.
f) Acciones formativas con compromiso de contratación, reguladas en el artículo 18 de la Orden de 15/11/2012.
g) Acciones formativas con compromisos de inserción menor al anterior, pero que suponga al menos la contratación del 30% de los/as alumnos/as que finalicen.
h) Acciones que favorezcan las competencias lingüísticas, que podrán ser cursos de formación en idiomas o cursos bilingües.
 
Marco legal: 
DOCM: 19-NOV-12 Orden de 15/11/2012, por la que se regula el desarrollo de la formación profesional para el empleo en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras, para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha. DOCM: 19-NOV-12 Resolución de 15/11/2012, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación profesional para el empleo, dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as (Modalidad II), para la anualidad 2012.
 
Plazo máximo de notificación de la resolución del trámite: 
3 meses desde la publicación de la Convocatoria
 
Efectos de la falta de notificación en plazo: 
Efectos desestimatorios
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Plazo de presentación de solicitudes
5º prueba: 1 al 20 de agosto de 2012, (examen septiembre). 6ª prueba: 1 al 20 de octubre de 2012, (examen noviembre).
 
Objeto
Se convocan pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en el tercer cuatrimestre del año 2012 en la Comunidad de Castilla-La Mancha, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, así como lo establecido en la presente Resolución.
 
Requisitos exigidos
1.- Para poder tomar parte en las Pruebas será necesario haber superado los cursos preceptivos, ya sea en la modalidad ordinaria o acelerada, de conformidad con el art. 5 y 6 del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, en los seis meses anteriores contados desde el último día del plazo de presentación de solicitudes a examen.
2.- Así mismo, será necesario tener la residencia habitual en Castilla-La Mancha antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo, y con carácter excepcional, que obtengan autorización del órgano convocante por causa debidamente justificada.
 
Importes
Las tasas de derechos de examen serán de 22,12 euros
 
Lugar de presentación
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
 
Información adicional
Podrán obtener el modelo normalizado a través de los siguientes lugares y formas:
a) A través de Internet siguiendo los siguientes pasos:
Dentro de la página de la Junta de Castilla-La Mancha (www.castillalamancha.es), entrar en el apartado de Gobierno situado en la parte superior. Después deberá seleccionar la Consejería de Fomento situado en la parte inferior derecha del menú desplegable. Seguidamente seleccionará, en el lado izquierdo, el acceso directo a Pruebas CAP, por último acceder al enlace ¿A través de este enlace, Ud. podrá rellenar la solicitud de admisión para las pruebas de obtención del certificado de aptitud profesional¿, situado al final del primer bloque de texto. Completará el modelo normalizado siguiendo las correspondientes indicaciones, y por último imprimirá la solicitud (3 ejemplares) tras confirmar que sus datos son correctos.
b) Mediante impreso del modelo normalizado que les será facilitado gratuitamente en los Servicios Centrales de la Consejería de Fomento, en los Servicios Periféricos de la citada Consejería o en las Delegaciones de la Junta de Talavera de la Reina y de Molina de Aragón.
 
Marco legal
  • DOCM: 06/07/12Resolución de 12/06/2012, por la que se hace público la composición del tribunal de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, cuarta prueba, a celebrar en el año 2012 en la Comunidad de Castilla-La Mancha, convocadas por Resolución de 22/03/2012 (DOCM núm. 66 de 30/03/2012).
  • DOCM: 06/07/12Resolución de 04/07/2012, por la que se hace público el lugar, la fecha y la hora de la realización de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, cuarta prueba, a celebrar en el año 2012 en la Comunidad de Castilla-La Mancha, convocadas por Resolución de 22/03/2012 (DOCM núm. 66 de 30/03/2012).
  • Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera (BOE núm 184 de 2 de agosto de 2007)
  • DOCM: 04/05/12Resolución de 10/04/2012, por la que se hace público la composición del tribunal, el lugar, la fecha y la hora de la realización de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, tercera prueba, a celebrar en el año 2012 en la Comunidad de Castilla-La Mancha, convocadas por Resolución de 22/03/2012 (DOCM núm. 66 de 30/03/2012).
  • DOCM: 27/07/12Resolución de 18/07/2012, por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en el tercer cuatrimestre de 2012 en la Comunidad de Castilla-La Mancha.
Efectos de la falta de notificación en plazo
Efectos desestimatorios
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Plazo de presentación de solicitudes
31/05/2012 - 09/06/2012
 
Objeto
El objeto de esta Orden es aprobar las bases reguladoras y convocar las ayudas en régimen de concurrencia competitiva para realizar las actividades dirigidas a mejorar la competencia lingüística del alumnado de distintas enseñanzas de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
 
Destinatarios
1. Modalidad Uno: estancias formativas en idiomas para alumnado de 3º y 4º de Educación Secundaria Obligatoria que esté matriculado en el curso escolar correspondiente al año 2011-2012 en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
2. Modalidad Dos: curso de inmersión lingüística para alumnado de 1º de Bachillerato que esté matriculado en el curso escolar correspondiente al año 2011-2012 en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
 
Requisitos exigidos
a) Haber superado totalmente el curso anterior.
b) Tener en idioma correspondiente (inglés) una calificación mayor o igual a 6.
c) Que el solicitante o, en su caso, los declarantes de la unidad familiar, tengan domicilio fiscal en el territorio de Castilla-La Mancha según los requisitos recogidos en la base cuarta del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha aprobado por Decreto Legislativo 1/2002 de 19 de noviembre, en su artículo 73.3.b.
2. Requisitos exigibles con carácter general a los beneficiarios de toda clase de subvenciones:
a) No encontrarse en ninguna de las situaciones descritas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones de 17 de noviembre. 
b) No encontrarse en ninguna de las situaciones descritas en el artículo 74.2 relacionadas del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
 
Importes
La cuantía máxima de las ayudas para cada modalidad será la establecida en anexo I
 
Criterios
La valoración de las solicitudes se realizará de acuerdo con los criterios establecidos en el apartado 1 de la base sexta de la Orden 30/05/2012.
 
Documentación a aportar
Aquellos solicitantes que no autoricen a la administración a comprobar los datos requeridos en la presente convocatoria acompañarán su solicitud de la documentación siguiente:
a) Certificado resumen de la declaración anual del impuesto sobre la renta 2009 de las personas físicas o certificado de imputaciones de los miembros computables de su familia expedido por la Agencia Tributaria.
b) Certificado de empadronamiento en Castilla-La Mancha.
c) Fotocopia compulsada del Libro de Familia.
d) Copia compulsada del titulo actualizado de familia numerosa, en su caso.
e) Certificado de estar acogido al Plan Regional de Integración Social, en su caso.
f) En caso de solicitar la ayuda para familias en las que todos sus miembros se encuentran en desempleo: Certificación o justificante del Sepecam que acredite dicha situación.
g) Declaración responsable de que se encuentra al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.
 
Lugar de presentación
Las solicitudes estarán accesibles por vía electrónica a través de la sede electrónica de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en la dirección http://www.educa.jccm.es. Si el solicitante dispone de firma electrónica podrá realizar la tramitación vía electrónica. En otro caso, se presentarán con la firmas manuscritas su Servicio Periférico o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.
 
Marco legal
  • DOCM: 30/05/12 Orden 25/05/2012, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas para realizar actividades de formación dirigidas a mejorar la competencia del alumnado de 3º y 4º de Educación Secundaria Obligatoria y 1º de Bachillerato en el uso de lenguas extranjeras en 2012.
Plazo máximo de notificación de la resolución
Plazo máximo de 2 meses contados a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
 
Recursos
La Resolución del procedimiento de concesión de ayudas pondrá fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de 1 mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, ante la persona titular de la Consejería con competencias en materia de educación no universitaria según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre o ser impugnada mediante la interposición de recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, conforme a lo previsto en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a su publicación.
 
Efectos de la falta de notificación en plazo
Efectos desestimatorios
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Plazo de presentación de solicitudes
16/04/2012 - 08/05/2012 | 1º Convocatoria: del 16 de abril a 8 de mayo de 2012, ambos inclusive. 2º Convocatoria: del 3 al 25 de septiembre de 2012, ambos inclusive.
 
Objeto
Definir el procedimiento de admisión a exámenes de aptitud para la obtención del certificado de cualificación individual.
 
Destinatarios
Personas físicas.
 
Requisitos exigidos
- Estar en posesión de la titulación, curso y edad que se indica en la Resolución de 13/02/2012 de convocatoria de exámenes.
- Voluntariamente junto a solicitud de admisión a examen, se podrá aportar los requisitos exigidos en la convocatoria, junto con modelo IN.AP_03
 
Importes
- Los derechos de examen se fija en la tarifa 14.3 conforme Ley 7/2008, de 13 de noviembre, de Regulación de Tasas en materia de Industria, Energía y Minas de Castilla-La Mancha.
- Se abonará una tasa por examen.
- El modelo de pago de tasa se encuentra a disposición en los Servicios Periféricos de Fomento o directamente a través de la Oficina Virtual de la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, http://indu1.jccm.es/pagoTasas/inicio.jsp, donde se podrá realizar el pago telemático de la tasa o bien generar una autoliquidación para imprimir y dirigirse a la entidad bancaria.
- La falta de justificación del pago de la tasa por derecho de examen determinará la exclusión del aspirante.
 
Lugar de presentación
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
 
Información adicional
Especialidades:
- Instalador de instalaciones de gas. Categorías A, B y C.
- Operador de grúa torre.
- Operador de grúa móvil autopropulsada. Categorías A y B.
- Instalador de instalaciones térmicas en edificios.
- Operador industrial de calderas.
- Instalador de productos petrolíferos líquidos. Categorías I y II.
- Reparador de productos petrolíferos líquidos. Categoría III.
Lugar de exámenes:- Albacete: Instituto de Enseñanza Secundaria ¿Don Bosco¿, Pº de la Cuba, 43.
- Toledo: Instituto de Enseñanza Secundaria ¿Universidad Laboral¿, Avda. de Europa, 28.
Fecha y hora:- 1ª Convocatoria: 16/06/2012 a las 10:00
- 2ª Convocatoria: 20/10/2012 a las 10:00
 
Marco legal
  • DOCM: 21/05/09 Decreto 61/2009, de 12/05/2009, de ordenación de las actividades profesionales reglamentadas en materia de seguridad industrial de Castilla-La Mancha.
  • Ley 21/1992, de 16 de junio, de Industria
  • Reglamentos de Seguridad Industrial
  • DOCM: 01/03/12 Resolución de 13/02/2012, por la que se convocan exámenes para la obtención de los certificados de cualificación individual de instalador, reparador y operador.
Recursos
Recurso de alzada ante la Consejería de Fomento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación según lo dispuesto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.
 
Efectos de la falta de notificación en plazo
Efectos estimatorios
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Plazo de presentación de solicitudes
Varía dependiendo de la modalidad. Consultar apartado INFORMACIÓN ADICIONAL.
 
Objeto
Convocar actividades de formación inicial y continua para polícias locales, vigilantes municipales, bomberos, técnicos y voluntarios de protección civil, y otros colectivos relacionados con la protección ciudadana de Castilla-La Mancha.
 
Destinatarios
Policías locales, vigilantes municipales, bomberos, técnicos y voluntarios de protección civil, y otros colectivos relacionados con la proteccion ciudadana de Castilla-La Mancha.
 
Requisitos exigidos
Los solicitantes deberán cumplir los requisitos previstos para cada actividad en el apartado de destinatarios/as y estar dados de alta como funcionarios/as, personal laboral en activo o voluntarios de Protección Civil en los registros correspondientes de la Dirección General de Protección Ciudadana o de las Instituciones de las las que dependan en el caso de los restantes colectivos. Asimismo, las Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil deberán estar dadas de alta y con el seguro obligatorio en vigor de todos los voluntarios. Asimismo, se podrán reservar plazas para los agentes de movilidad en los cursos de seguridad vial, habilidades sociales y cualquier otro que se considere adecuado para su formación profesional. Todo ello, sin perjuicio de las especificaciones que, respecto a cada actividad, se puedan indicar en el Anexo 1 de esta convocatoria.
 
Documentación a aportar
Solicitud, acompañada, en su caso, de la documentación prevista en el Anexo 1, todo ello sin perjuicio de la documentación complementaria que se considere necesaria de cara a la selección de los/as alumnos/as, por parte de la Comisión de Valoración.

Puede descargar el modelo de solicitud y ampliar la información pinchando en
http://pagina.jccm.es/justicia/FormacionEPC/formacion/
 
Lugar de presentación
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
 
Información adicional
Puede descargar el modelo de solicitud y ampliar la información pinchando enhttp://pagina.jccm.es/justicia/FormacionEPC/formacion/
 
Marco legal
  • DOCM: 16/01/12 Resolución de 05/01/2012, por la que se convocan actividades de formación inicial y continua del año 2012, para policías locales, vigilantes municipales, agentes de movilidad, bomberos, técnicos, voluntarios de protección civil y otros colectivos relacionados con la protección ciudadana de Castilla-La Mancha.
Plazo máximo de notificación de la resolución
3 meses
 
Efectos de la falta de notificación en plazo
Efectos estimatorios
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