Disposición: Resolución de 8 de octubre de 2012.
B.O.E.: 24 de octubre de 2012.
Ámbito: Estatal.
Objeto: convocar, para el año 2013, el concurso de proyectos de la Campaña María Moliner de animación a la lectura con el fin de incentivar las acciones de animación a la lectura de niños y jóvenes, de eficiencia y labor bibliotecaria, así como de integración social.
Beneficiarios: Municipios menores de 50.000 habitantes que tengan biblioteca pública, a cargo de la cual haya personal.
Se entregarán un máximo de 300 lotes de libros así como:
- Mejor proyecto de animación a la lectura a municipios de hasta 5.000 habitantes: 12.000 euros.
- Mejor proyecto de animación a la lectura a municipios de entre 5.001 y 20.000 habitantes: 12.000 euros.
- Mejor proyecto de animación a la lectura a municipios de entre 20.001 y 49.999 habitantes, 12.000 euros.
Forma de presentación de solicitudes: correo, fax o correo electrónico, a la Subdirección de Educación y Cultura de la FEMP.
El plazo para la presentación de proyectos finalizará el próximo 18 de noviembre.
Para ver la Resolución http://www.boe.es/boe/dias/2012/10/24/pdfs/BOE-A-2012-13198.pdf
Objeto y finalidad: Las presentes bases regulan el procedimiento, requisitos y condiciones para la concesión de subvenciones a los Aytos. y EATIM de la provincia de Toledo.
Son proyectos subvencionables: Proyectos de competencia municipal que mejoren la calidad de vida de los ciudadanos de la provincia de Toledo, redunden en beneficio de la colectividad, contribuyan a la sostenibilidad local y estén englobados en alguna de las siguientes áreas:
- Fomento de energías renovables y eficiencia energética.
- Movilidad sostenible.
- Eficiencia en el uso del agua.
* No se podrá solicitar más de un proyecto por solicitante para optar a las subvenciones.
Requisitos de los Aytos. y EATIM, para ser beneficiarios de la subvención:
a) Acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias, tanto a nivel estatal como provincial, y frente a la seguridad social, así como, en su caso, el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones.
b) Obligatoriamente deberán entregar una memoria del proyecto en el que se explique el proyecto a desarrollar. La extensión de dicha memoria, incluyendo cuadros, fotografías o cualquier otra aportación gráfica, no será inferior a tres ni superior a diez folios.
Solicitudes: Se formalizarán mediante instancia dirigida al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial (Anexo I). Plazo: hasta el 16 de noviembre de 2012.
Compatibilidad: Las subvenciones que se concedan son compatibles con cualquiera otras se hayan obtenido, siempre y cuando no se supere nunca el coste total del proyecto subvencionado.
Documentación: Documentación preceptiva (Anexo II).
Memoria técnica o proyecto de la actividad para la que se solicita subvención y que deberá incluir, como mínimo, los siguientes apartados:
a) Objetivos del proyecto.
b) Descripción técnica del proyecto.
c) Justificación desde el punto de vista de la sostenibilidad, integración de aspectos sociales, económicos y ambientales.
d) Recursos materiales, técnicos y personales destinados para el desarrollo del proyecto.
e) Localización exacta del proyecto.
f) Planificación de las diferentes fases, fecha de inicio y fecha propuesta de finalización dela actuación.
g) Presupuesto desglosado por conceptos de gasto, indicando, en su caso, la cantidad aportada por la entidad solicitante.
Cuantía de la subvención: Una subvención máxima e individualizada de 2.500 euros por Ayuntamiento y EATIM.
Más información en el siguiente enlace: http://bop.diputoledo.es/webEbop/DocGet?id=12100766|0&insert_number=8209&insert_year=2012
• 30 Centros Educativos participan ya de este Programa
• Difundir y mejorar la educación ambiental para el desarrollo sostenible en los centros de enseñanza infantil, primaria, secundaria y bachillerato
La Junta de Gobierno de la Diputación de Toledo, ha aprobado el convenio de colaboración encargado de regir la cooperación entre la Institución y la Asociación de Educación Ambiental y del Consumidor (ADEAC) para el desarrollo del programa Ecoescuelas en la provincia de Toledo.
• Difundir y mejorar la educación ambiental para el desarrollo sostenible en los centros de enseñanza infantil, primaria, secundaria y bachillerato
La Junta de Gobierno de la Diputación de Toledo, ha aprobado el convenio de colaboración encargado de regir la cooperación entre la Institución y la Asociación de Educación Ambiental y del Consumidor (ADEAC) para el desarrollo del programa Ecoescuelas en la provincia de Toledo.
El programa se pone en marcha a través del Servicio de Medio Ambiente de la Institución en distintos centros educativos de la provincia de Toledo.
El objeto principal del programa es contribuir a difundir y mejorar la educación ambiental para el desarrollo sostenible en los centros de enseñanza infantil, primaria, secundaria y bachillerato, haciendo partícipes a los miembros de la comunidad escolar en el cuidado y mejora del medio ambiente escolar y local, en colaboración con sus responsables municipales y con la población en general.
El Programa Ecoescuelas es un Programa internacional creado en 1994 y desarrollado por la ONG en 60 países. En España, el programa es desarrollado por ADEAC, integrada a nivel internacional en la Fundación de Educación Ambiental (FEE) y desde sus inicios superan ya los 25.000 centros educativos los que han participado en esta experiencia educativa.
La finalidad de Ecoescuelas es potenciar la educación ambiental para el desarrollo sostenible en los centros de enseñanza, implicando a la totalidad del centro: profesores, alumnos, personal de administración y de servicios, y padres. El programa trata de impulsar a los centros escolares para que se embarquen en un proceso para la mejora de su entorno y de la comunidad local, proceso que también se conoce como Agenda 21 Escolar. Por otro lado, también se favorece la implicación de las autoridades municipales, para que las ideas surgidas en los centros sean llevadas a la práctica dentro y fuera del entorno escolar y se facilite la participación ciudadana en el desarrollo sostenible del municipio.
La Diputación de Toledo ofrecerá a los centros educativos todas aquellas actividades que oferte en sus actividades, comprometiéndose a realizar en los centros aquellas que éstos soliciten.
Hasta la fecha 30 son los centros incorporados a este programa en la provincia de Toledo, incorporándose en el curso 2012-2013 las localidades de Numancia de la Sagra, Ugena, Camarena, Yuncos y Seseña.
El Servicio de Medio Ambiente de la Diputación y ADEAC asesoran a cada centro sobre todo aquello que necesiten, especialmente en aspectos relacionados con la dimensión municipal, estatal e internacional del programa. También incentivan la búsqueda de sinergias con otros programas de ADEAC, tales como Bandera Azul, Jóvenes Reporteros para el Medio Ambiente o Bosques en la Escuela.
La gran acogida del programa asegura el éxito del mismo, al que pueden sumarse aquellos que lo deseen formalizando su inscripción a través de la Web de la Diputación www.diputoledo.es.-
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Plazo de presentación de solicitudes:
Hasta el 11 Octubre 2012.
Objeto:
Establecer las bases reguladoras de las ayudas para la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios establecidas en el RD 456/2010, de 16 de abril, del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, establecer el plan de innovación tecnológica establecido en el art. 5 del citado RD y convocar las ayudas para 2012
Destinatarios:
- Sociedades Cooperativas del ámbito agrario y sus Agrupaciones o Uniones y las SATs.
- Las Agrupaciones de Tratamiento Integrado en Agricultura (ATRIAs), agrupaciones de Sanidad Animal (ADSGs), y las agrupaciones de Sanidad Vegetal (ASVs), si bien solamente para maquinaria y equipos propios de sus actividades específicas.
- Otras agrupaciones agrarias con personalidad jurídica propia y las agrupaciones sin personalidad jurídica propia basadas en un pacto contractual, suscrito por un mínimo de 7 titulares de explotaciones agrarias.
- Las Agrupaciones de Tratamiento Integrado en Agricultura (ATRIAs), agrupaciones de Sanidad Animal (ADSGs), y las agrupaciones de Sanidad Vegetal (ASVs), si bien solamente para maquinaria y equipos propios de sus actividades específicas.
- Otras agrupaciones agrarias con personalidad jurídica propia y las agrupaciones sin personalidad jurídica propia basadas en un pacto contractual, suscrito por un mínimo de 7 titulares de explotaciones agrarias.
Requisitos:
- Disponer de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) y que no hayan sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave ne materia de PRL
- No haber sido sancionado por delitos o infracciones medioambientales o contra la Hacienda Pca.
- Tener la condición de Pyme.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Cumplir las normas comunitarias aplicables a las inversiones de que se trate
- Comprometerse a mantener la titularidad de la máquina o el equipo agrario para el que se solicita la ayuda
- No haber sido sancionado por delitos o infracciones medioambientales o contra la Hacienda Pca.
- Tener la condición de Pyme.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Cumplir las normas comunitarias aplicables a las inversiones de que se trate
- Comprometerse a mantener la titularidad de la máquina o el equipo agrario para el que se solicita la ayuda
Importe:
El importe de la subvención no podrá exceder de 50.000 eu por solicitud, calculándose mediante la aplicación, a la inversión proyectada, de unos porcentajes variables en función del tipo de beneficiario.
Criterios:
Las subvenciones se otorgan en régimien de concurrencia competitiva. Si las peticiones presentadas excedieran del crédito disponible, se atenderán las solicitudes priorizándolas en función de la puntuación total que les corresponda:
La relación de los criterios de priorización se establecen en el artículo 4 de la presente Orden.
La relación de los criterios de priorización se establecen en el artículo 4 de la presente Orden.
Documentación a aportar:
- Junto con la solicitud se presentará la siguiente documentación.
a) Documento acreditativo de la constitución de la entidad que solicita la ayuda, sus estatutos o reglamteo, documento acreditativo de su inscripción en el Registro Oficial y el acuerdo adoptado por el órgano gestor por el que se faculta al representante y una copia del DNI de éste.
b) Memoria que incluya las características y la ubicación de las explotaciones, debiendo especificar, en su caso, la superficie de cultivoo censo ganadero.
c) Factura o facturas proforma de la maquinaria o equipos a adquirir.
d) En el caso de agrupaciones sin personalidad jurídica propia, deberán hacer constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, todo ello recogido en un pacto contractual suscrito por todos sus integrantes. Se incluirá el nombre de un representante o apoderado único con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, correspondan a la agrupación, y el compromiso de todos lo integrantes de no disolverse hasta que haya transcurrido en el plazo de prescripción
a) Documento acreditativo de la constitución de la entidad que solicita la ayuda, sus estatutos o reglamteo, documento acreditativo de su inscripción en el Registro Oficial y el acuerdo adoptado por el órgano gestor por el que se faculta al representante y una copia del DNI de éste.
b) Memoria que incluya las características y la ubicación de las explotaciones, debiendo especificar, en su caso, la superficie de cultivoo censo ganadero.
c) Factura o facturas proforma de la maquinaria o equipos a adquirir.
d) En el caso de agrupaciones sin personalidad jurídica propia, deberán hacer constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, todo ello recogido en un pacto contractual suscrito por todos sus integrantes. Se incluirá el nombre de un representante o apoderado único con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, correspondan a la agrupación, y el compromiso de todos lo integrantes de no disolverse hasta que haya transcurrido en el plazo de prescripción
Lugar de presentación:
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
Informacion Adicional:
Es subvencionable la adquisición de maquinaria y equipos agrícolas que contribuyan a mejorar los actules sistemas de producción, el ahorro energético, la conservación del medio ambiente y mejorar las condiciones de trabajo de los agricultores.
Se concederá una única máquina o equipo por solicitud y beneficiario, pudiéndose presentar exclusivamente una única solicitud por beneficiario.
Sólo será objeto de la subvención la compra de máquinas y equipos agrarios incluidos en el Plan de innovación tecnológica de la Comunidad Autónoma de C-LM que aparece como anexo I en la presente Orden.
Las máquinas o equipos agrícolas deberán ser de primera adquisición.
Se concederá una única máquina o equipo por solicitud y beneficiario, pudiéndose presentar exclusivamente una única solicitud por beneficiario.
Sólo será objeto de la subvención la compra de máquinas y equipos agrarios incluidos en el Plan de innovación tecnológica de la Comunidad Autónoma de C-LM que aparece como anexo I en la presente Orden.
Las máquinas o equipos agrícolas deberán ser de primera adquisición.
Marco legal:
DOCM: 26-SEP-12 Orden de 14/09/2012, por la que se precisan las normas de aplicación previstas en el Real Decreto 456/2010, de 16 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios, se establece el plan de innovación tecnológica de Castilla-La Mancha para 2012 y se convocan las ayudas en el marco del mismo.
Plazo máximo de notificación de la resolución del trámite:
3 meses
Efectos de la falta de notificación en plazo:
Efectos desestimatorios
ARCHIVOS
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