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Plazo de presentación de solicitudes: 
Del 24 Noviembre de 2012 al 5 Diciembre de 2012
 
Objeto: 
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para la gestión del funcionamiento de centros de la mujer, casas de acogida y centros de urgencia en Castilla-La Mancha.
 
Destinatarios: 
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones para la gestión y funcionamiento de los Centros de la Mujer y Recursos de Acogida:
a) Entidades Locales de Castilla-La Mancha.
b) Entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan domicilio fiscal en el territorio de la Comunidades Autónoma de Castilla-La Mancha.
 
Requisitos: 
a) Disponer de estructura técnica y capacidad para el cumplimiento del objeto de las presentes subvenciones.
b) No estar incursa en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 30/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiaria.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
d) No estar incursa en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, en materia de subvenciones
e) Hallarse al corriente en el pago de las obligaciones de reintegro de subvenciones.
Las entidades privadas deberán cumplir además:
f) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro General de Asociaciones o registros correspondientes.
g) Carecer de fines de lucro.
 
Importe: 
La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones será de 10.560.300,00 euros, imputable a la anualidad presupuestaria 2013, con el desglose por líneas siguiente:
a) Centros de la mujer: 7.050.000,00 euros.
b) Recursos de acogida: 3.510.300,00 euros.
 
Criterios: 
a) Criterios objetivos de valoración referidos a los proyectos subvencionables:
1º. La mayor calidad técnica del proyecto y del plan de trabajo a desarrollar en el centro de la mujer o recursos de acogida. Se valorará en un 40%.
2º. Las mejoras en la gestión del centro. Se valorará en un 20%.
3º. La mayor calidad de las instalaciones donde se vayan a dar los servicios. Se valorará en un 20%.
b) Criterios objetivos de valoración referidos a los solicitantes:
1º. La experiencia en la gestión de centros de la mujer o recursos de acogida y evaluación, teniendo en cuenta los medios y materiales aportados en años anteriores. Se valorará en un 10%.
2º. La mayor adecuación del ámbito territorial en el que se prestará el servicio a los objetivos establecidos en el artículo 8 de la Ley 5/2001, de 17 de mayo, de Prevención de Malos Tratos y de Protección a las Mujeres Maltratadas. Se valorará en 10%.
 
Documentación a aportar: 
Solicitud según los anexos que se recogen en la convocatoria de subvenciones.
 
Lugar de presentación: 
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
 
Informacion Adicional: 
"Los procedimientos de justificación de las subvenciones concedidas con cargo a la convocatoria realizada por la resolución de 30 de diciembre de 2011, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, para la gestión del funcionamiento de Centros de la Mujer y Recursos de Acogida en Castilla-La Mancha para 2012, se regirán por el Decreto 302/2011, de 22 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de medios económicos, en régimen de concurrencia competitiva, para la gestión del funcionamiento de Centros de la Mujer y Recursos de Acogida en Castilla- La Mancha."
 
Marco legal: 
DOCM: 04-DEC-02 Ley 22/2002, de 21/11/2002, DE CREACION DEL INSTITUTO DE LA MUJER DE CASTILLA-LA MANCHA DOCM: 22-DEC-11 Decreto 302/2011, de 22/12/2011, por el que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de medios económicos, en régimen de concurrencia competitiva para la gestión del funcionamiento de Centros de la Mujer y Casas de Acogida en Castilla-La Mancha. DOCM: 02-JAN-12 Resolución de 30/12/2011, por la que se convocan subvenciones para la gestión del funcionamiento de Centros de la Mujer y Recursos de Acogida en Castilla-La Mancha para 2012. DOCM: 23-NOV-12 Decreto 146/2012, de 22/11/2012, por el que se deroga el Decreto 302/2011, de 22 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de medios económicos, en régimen de concurrencia competitiva, para la gestión del funcionamiento de centros de la mujer y recursos de acogida en Castilla-La Mancha. DOCM: 23-NOV-12 Orden de 22/11/2012, , por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los centros de la mujer y recursos de acogida en Castilla-La Mancha. DOCM: 23-NOV-12 Resolución de 22/11/2012, , por la que se convocan subvenciones para la gestión del funcionamiento de centros de la mujer y recursos de acogida en Castilla-La Mancha, para el año 2013
 
Plazo máximo de notificación de la resolución del trámite: 
3 Meses
 
Efectos de la falta de notificación en plazo: 
Efectos desestimatorios

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