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Plazo de presentación de solicitudes
16/02/2012 - 29/02/2012
 
Objeto
La creación de la Medalla al Mérito en la Iniciativa Social de Castilla-La Mancha y la regulación del procedimiento para la concesión de la misma.
 
Destinatarios
Podrá concederse la Medalla al Mérito en la Iniciativa Social de Castilla-La Mancha a las personas físicas o jurídicas.
 
Requisitos exigidos
Podrá concederse la Medalla al Mérito en la Iniciativa Social de Castilla-La Mancha a las personas físicas o jurídicas que hayan fomentado valores de altruismo, solidaridad, tolerancia y libertad y que hayan destacado por su entrega e iniciativa social, realizada libre y responsablemente, en las siguientes áreas:
a) Voluntariado.
b) Acción social.
c) Cooperación al desarrollo.
 
Documentación a aportar
1. El modelo de presentación de candidaturas se encuentra en los Anexos I y II de este Decreto.
2. Podrán presentar candidaturas para la obtención de alguna de las Medallas, cualquier persona o entidad de las previstas en el artículo 3 de este Decreto.
3. Los órganos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y los vinculados o dependientes de éstos, sus organismos autónomos, entidades y empresas públicas, podrán proponer candidaturas.
4. Las candidaturas se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de la Familia, Menores, Promoción Social y Voluntariado y podrán presentarse en el registro de esta Consejería o por envío telemático de los datos a través de los modelos de presentación de candidaturas incluidos en la Web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección http://www.jccm.es, así mismo mediante fax dirigido al número 925267131 y en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
 
Lugar de presentación
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
 
Información adicional
El plazo de presentación de las candidaturas tendrá lugar desde el 1 al 15 de octubre de cada año.
En 2012 se celebrará una convocatoria extraordinaria de concesión de la Medalla al Mérito en la Iniciativa Social de Castilla-La Mancha, que se otorgará con motivo del Día de Castilla-La Mancha. Para esta convocatoria extraordinaria se abre un plazo de 15 días naturales, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este Decreto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
 
Marco legal
  • DOCM: 14/02/12Decreto 54/2012, de 09/02/2012, de creación de la Medalla al Mérito en la Iniciativa Social de Castilla-La Mancha y del procedimiento para su concesión.
 
Efectos de la falta de notificación en plazo
Ninguno

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