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Plazo de presentación de solicitudes
14/11/2012 - 21/11/2012
 
Objeto
Constituye el objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el año 2012, en régimen de concurrencia competitiva, del Programa de Ayudas para el desarrollo de actuaciones de emprendimiento en el ámbito del Sistema de Innovación de Castilla-La Mancha.
 
Destinatarios
Podrán solicitar las ayudas previstas en la presente convocatoria, las siguientes entidades, consideradas como infraestructuras de soporte a la innovación, que actúen como estructuras de interacción, según el Libro Blanco de la Innovación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, y que dentro de nuestro Sistema de Innovación presten servicios al tejido empresarial con el fin de facilitar la actividad emprendedora:
a) Los Centros Europeos de Empresas e Innovación (CEEIs) de la región.
b) Los Ayuntamientos de la región que presten servicios de promoción de la innovación dirigidos a las empresas, a través de Centros Locales de Innovación y Promoción Económica (CLIPEs) integrados en la Red InnovaRed.
 
Requisitos exigidos
a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro, tributarias y con la Seguridad Social.
b) No estar incursos en alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 de artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) Tener el domicilio fiscal en el territorio de Castilla-La Mancha.
d) No encontrarse la persona que ostenten la representación legal de las personas jurídicas en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
e) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, siempre que estuvieran obligadas a ello, y no haber sido sancionado, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
f) Cumplir las disposiciones que resulten de aplicación previstas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad efectiva de mujeres y hombres, dirigida a la adecuada transposición del acervo comunitario en esta materia, así como lo dispuesto en la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla- La Mancha, y adoptar las medidas adecuadas para evitar cualquier discriminación por razón de sexo, raza, origen étnico, religión o convicción, minusvalía, edad u orientación sexual, durante la ejecución del proyecto o actuaciones objeto de subvención.
g) Haber prestado los Centros Europeos de Empresas e Innovación (CEEIs), y los Ayuntamientos a través de los Centros Locales de Innovación y Promoción Económica (CLIPEs), un servicio activo de, al menos, seis meses, en el año inmediatamente anterior al de la convocatoria de estas ayudas, mediante personal cualificado y contratado para tal fin.
 
Importes
La cuantía máxima a subvencionar por proyecto será de 150.000,00 euros, en el supuesto de los Centros Europeos de Empresas e Innovación, CEEIs, y en el supuesto de los Ayuntamientos será de 75.000,00 euros. Cuando el importe del presupuesto aprobado de un proyecto supere esta cantidad, la diferencia será financiada con recursos propios del beneficiario, quien deberá justificar la totalidad del presupuesto aprobado mediante resolución de concesión.
 
Criterios
Las solicitudes presentadas que reúnan todos los requisitos previstos, se valorarán conforme a los siguientes criterios objetivos previstos en el artículo 11 de la Orden de 09/11/2012, de la Consejería de Empleo y Economía, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de emprendimiento en el ámbito del Sistema de Innovación de Castilla-La Mancha.
 
Documentación a aportar
Consultar el artículo 5 de la Resolución de 09/11/2012, por la que se efectúa para el año 2012 la convocatoria de ayudas para actuaciones de emprendimiento en el ámbito del Sistema de Innovación de Castilla-La Mancha.
 
Lugar de presentación
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
 
Marco legal
  • DOCM: 13/11/12 Orden de 09/11/2012, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de emprendimiento en el ámbito del Sistema de Innovación de Castilla-La Mancha.
  • DOCM: 13/11/12 Resolución de 09/11/2012, por la que se efectúa para el año 2012 la convocatoria de ayudas para actuaciones de emprendimiento en el ámbito del Sistema de Innovación de Castilla-La Mancha.
Plazo máximo de notificación de la resolución
Máximo dos meses desde el día de su publicación en el D.O.C.M.
 
Recursos
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Empleo y Economía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma, con arreglo a lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
 
Efectos de la falta de notificación en plazo
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