10:37 |
Publicado por
Mancomunidad Campana de Oropesa y Cuatro Villas
Plazo de presentación de solicitudes:
Desde hoy Martes, 31 Julio 2012 al Viernes, 10 Agosto 2012
Objeto:
Establecer las bases reguladoras y efectuar la convocatoria para el año 2012 de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de programas y proyectos en materia de integración social.
Destinatarios:
Los Municipios, Mancomunidades de municipios, Agrupaciones de Municipios, Entidades no lucrativas y agrupaciones de estas y Organizaciones Privadas de Iniciativa Social.
Requisitos:
1.- Entidades no lucrativas y organizaciones privadas de iniciativa social:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas.
b) No tener fin de lucro.
c) Hallarse el corriente en las obligaciones de reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seg. Social.
d) Haber justificado las ayudas económicas recibidas por la Consejería de B. Social para fines análogos.
e) Tener domicilio fiscal en C-LM.
f) No estar incurso en prohibiciones de la Ley Gral de Subvenciones.
2.- Entidades públicas
- Los requisitos previstos en los apdos d) y f) del punto anterior.
3.- Agrupaciones de municipios o de entidades no lucrativas, sin personalidad jurídica:
a) Nombrar un representante único.
b) No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los art 39 y 65 de la Ley Gral de Subvenciones
c) Detallar en la solicitud los compromisos asumidos y el importe solicitado por cada miembro.
a) Estar legalmente constituidas e inscritas.
b) No tener fin de lucro.
c) Hallarse el corriente en las obligaciones de reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seg. Social.
d) Haber justificado las ayudas económicas recibidas por la Consejería de B. Social para fines análogos.
e) Tener domicilio fiscal en C-LM.
f) No estar incurso en prohibiciones de la Ley Gral de Subvenciones.
2.- Entidades públicas
- Los requisitos previstos en los apdos d) y f) del punto anterior.
3.- Agrupaciones de municipios o de entidades no lucrativas, sin personalidad jurídica:
a) Nombrar un representante único.
b) No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los art 39 y 65 de la Ley Gral de Subvenciones
c) Detallar en la solicitud los compromisos asumidos y el importe solicitado por cada miembro.
Importe:
Lo relativo a la financiación de los proyectos y gastos subvencionables vienen recogidos en la base decimotercera de la Orden de convocatoria.
Criterios:
- Diagnóstico social efectuado en relación al territorio de referencia.
- Pertinencia del proyecto y su consistencia interna.
- Temporalización y los cauces de coordinación y participación previstos.
- Evaluación del programa o proyecto.
- Aportación al programa o proyecto, siempre que no sea obligatoria según la base decimotercera.
- Pertinencia del proyecto y su consistencia interna.
- Temporalización y los cauces de coordinación y participación previstos.
- Evaluación del programa o proyecto.
- Aportación al programa o proyecto, siempre que no sea obligatoria según la base decimotercera.
Documentación a aportar:
Solicitud, que podrá presentarse por internet desde esta misma ficha, a través del 012 o por fax en los siguientes números:
1º Ámbito Regional 925 389140
2º Ámbito Municipal o Supramunicipal:
- Albacete: 967558097
- Ciudad Real: 926279356
- Cuenca: 969176337
- Guadalajara: 949885859
- Toledo: 925266086
Con posterioridad, en caso de ser estimatoria la resolución, habría que presentar la documentación contemplada en la Base Undécima de la Orden 19/07/2012.
1º Ámbito Regional 925 389140
2º Ámbito Municipal o Supramunicipal:
- Albacete: 967558097
- Ciudad Real: 926279356
- Cuenca: 969176337
- Guadalajara: 949885859
- Toledo: 925266086
Con posterioridad, en caso de ser estimatoria la resolución, habría que presentar la documentación contemplada en la Base Undécima de la Orden 19/07/2012.
Lugar de presentación:
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
Marco legal:
DOCM: 30-JUL-12 Orden de 19/07/2012, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la participación en Programas de Integración Social del Sistema Público de Servicios Sociales, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2012.
Plazo máximo de notificación de la resolución del trámite:
Máximo cuatro meses contados a partir del día siguinte al de conclusión del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
Efectos de la falta de notificación en plazo:
Efectos desestimatorios
Etiquetas:
SUBVENCIONES
ARCHIVOS
- enero 2013 (1)
- diciembre 2012 (1)
- noviembre 2012 (12)
- octubre 2012 (7)
- septiembre 2012 (2)
- agosto 2012 (7)
- julio 2012 (5)
- junio 2012 (6)
- mayo 2012 (3)
- abril 2012 (3)
- marzo 2012 (4)
- febrero 2012 (5)
- enero 2012 (3)
- diciembre 2011 (3)
- noviembre 2011 (1)
- julio 2011 (3)
- junio 2011 (1)
- mayo 2011 (1)
- diciembre 2010 (1)
- noviembre 2010 (1)
- mayo 2010 (2)
- abril 2010 (1)