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Publicado por
Mancomunidad Campana de Oropesa y Cuatro Villas
Objeto:
Regulación de las características y los requisitos mínimos exigibles a los Albergues Juveniles radicados en el territorio de Castilla-La Mancha, para su reconocimiento oficial e integración en la Red de Albergues Juveniles de Castilla-La Mancha.
Destinatarios:
Personas físicas, jurídicas o entidades de carácter público o privado, titulares de las instalaciones.
Requisitos:
Ubicación del establecimiento
Accesibilidad
Distribución interna:
a. Dormitorios, bloques de servicios sanitarios, comedor y cocinas.
b. Una dependencia destinada a reuniones y actividades propias de los alberguistas.
c. Una sala destinada al descanso y convivencia de los alberguistas.
d. Uno o más botiquines de primeros auxilios dependiendo del número de plazas.
Condiciones técnico-sanitarias
Suministro de agua caliente y sistema de climatización
Comunicaciones
Accesibilidad
Distribución interna:
a. Dormitorios, bloques de servicios sanitarios, comedor y cocinas.
b. Una dependencia destinada a reuniones y actividades propias de los alberguistas.
c. Una sala destinada al descanso y convivencia de los alberguistas.
d. Uno o más botiquines de primeros auxilios dependiendo del número de plazas.
Condiciones técnico-sanitarias
Suministro de agua caliente y sistema de climatización
Comunicaciones
Criterios:
Cumplimiento de las características y los requisitos mínimos exigibles.
Lugar de presentación:
Las solicitudes podrán presentarse: en los registros de los órganos administrativos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, de los Ayuntamientos de los Municipios del artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, o del resto de las entidades de la Administración Local, en este caso, si se hubiese suscrito convenio, en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista.
Informacion Adicional:
Para más información pulsar https://www.jccm.es/tramitesygestiones/www.portaljovenclm.com
Marco legal:
DOCM: 31-JUL-98 Decreto 83/1998, de 28/07/1998, SOBRE ORDENACION DE LOS ALBERGUES JUVENILES Y CREACION DE LA RED DE ALBERGUES JUVENILES DE CASTILLA-LA MANCHA DOCM: 20-MAR-99 Orden de 04/03/1999, RELATIVA A LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS ALBERGUES JUVENILES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA SU RECONOCIMIENTO
Plazo máximo de notificación de la resolución del trámite:
Dos meses
Efectos de la falta de notificación en plazo:
Efectos estimatorios
Etiquetas:
JUVENTUD
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